Page 87 - Anales 2-2 -2017
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- Para aquellas que no pudieran cumplir con las nuevas exigencias, se
configura un Esquema de Protección de Activos, (EPA) que podría
financiarse por el FROB, siempre que se solicitara antes del 30 de junio de
2012 y se acepte por este en los treinta días siguientes.
- Es seguro que el FROB necesitará nuevos recursos financieros para atender a
las operaciones derivadas de esta norma, para lo cual podría adquirir los
denominados “convertibles contingentes” no solo para atender a las
entidades fusionadas, sino para todas las que lo necesiten. Los fondos
facilitados devengarían un 10% de interés durante un plazo máximo de cinco
años.
- Las entidades interesadas deberán presentar planes de cumplimiento al
Banco de España, antes del 11 de junio de 2012, contando con el resto del año
para realizarlos una vez hubieren sido aceptados.
- Como era de esperar, y ante la posición negativa de las autoridades a la
constitución de los denominados “bancos malos”, se autoriza la creación de
las Sociedades de Gestión de Activos (SGA), que no consolidarán con las
entidades respectivas, a las que se concede un plazo de cinco años para la
enajenación de los activos que se les traspasen.
- Ante la posible incidencia de las nuevas medidas en entidades cotizadas,
debería informarse a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, antes del
14 de mayo de 2012, de la generación de un “hecho relevante” de
conocimiento necesario para la generalidad de los mercados.
- Ante la desconfianza mostrada por los mercados financieros sobre la
verdadera entidad de los activos inmobiliarios, se promueve su valoración por
expertos independientes internacionales designados por el Ministerio de
Economía.
Estas medidas serán complementadas por otras que faciliten la realización
de las operaciones de saneamiento. Desde las derivadas de aranceles de
Registradores y fedatarios públicos hasta la racionalización de los plazos de
alquileres de inmuebles, pasando por determinados incentivos tributarios, como la
exención de hasta el 50% de las rentas derivadas de la transmisión de inmuebles
antes del 31 de diciembre. De 2012. (9)
4.3. EL REAL DECRETO-LEY 24/2012, DE REESTRUCTURACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE ENTIDADES DE CRÉDITO
La tercera de las normas aprobadas en el año 2012 polarizaba su atención
en los problemas derivados de la reestructuración y resolución de las entidades de
El sistema financiero ante 2020 |209