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crédito. Promulgado cuando ya estaban en marcha las “pruebas de resistencia” que
las autoridades habían encomendado a dos consultoras financieras
internacionales, y que devendría, finalmente, en la estructura del sistema que hoy
conocemos.
La esencia de la disposición podemos centrarla en los siguientes aspectos:
- En primer lugar, se busca el equilibrio entre el proceso de protección a
la clientela y el mínimo coste necesario para el contribuyente,
resaltando, como aspecto fundamental, el objetivo de lograr la recuperación
total de los fondos públicos que sean inyectados al sistema. Algo que solo el
tiempo nos permitirá conocer.
- La modulación de los principios de universalidad por los que se rigen los
criterios de insolvencia de las entidades.
- Se distinguen cuatro tipos de entidades: a) las que tras las pruebas de
resistencia no presentan déficit de capital ni requerirán ulteriores medidas;
b) las entidades nacionalizadas, controladas por el FROB (BFA-Bankia,
Cataluña Banc, NCG Banco y Banco de Valencia); c) entidades en las que se
han detectado déficit de capital y que no podrán afrontarlo sin ayudas
estatales, y d) entidades en las que se han detectado déficit de capital, pero
que podrán afrontarlo sin recurrir a ayudas estatales.
- Para el caso de resolución, los criterios a aplicar serían los emanados del
G-20, del Fondo Monetario Internacional y la propia Unión Europea, que
prepara una directiva encaminada al establecimiento de un marco común
para solución de los problemas derivados de los rescates de las entidades.
- La norma toma en consideración tanto el Acuerdo del Euro-Grupo como el
del Consejo Europeo de junio de 2012, esto es, que la recapitalización de las
entidades afectadas se realizaría tras la aceptación del denominado
“Memorando de entendimiento”; con un refuerzo específico en el papel
del FROB; en la fijación de un requisito del 9% para las exposiciones
ponderadas por riesgo a partir de enero de 2013; estimulando el proceso de
concentración de entidades bancarias, en especial, para nuestro caso
específico y , con una primera estimación cuantitativa: el reconocimiento de
que España precisaría una ayuda inmediata de hasta 100.000 millones de
euros. Se superaba con ello todas las cifras que hasta entonces se habían
aventurado. (10)
4.4. LA POSICIÓN DE ECONOMÍA Y EL BANCO DE ESPAÑA
El 28 de septiembre de 2012, el Ministerio de Economía conjuntamente con
el Banco de España, informan públicamente de los resultados de las “pruebas de
210| Rafael Morales-Arce Macías