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ARTÍCULO DE OPINIÓN
Tradición y ruptura en el mundo jurídico
Jesús López Medel
Académico de Número de la Real Academia de Doctores de España.
jesus.lopezmedelbello@gmail.com
An. Real. Acad. Doct. Vol 2, (2017) pp. 141-143.
Han sido un hecho histórico, es decir, que se ha dado en la historia de la
humanidad, dentro del progreso que ha supuesto la norma jurídica, las situaciones
o maneras de realizarse, o descubrirse las formas de darse el Derecho, entre la
tradición o la ruptura. Para nosotros, ya lo abordamos en una lección, en 1965, a
los docentes de la Universidad de Méjico, que titulamos "Promoción y creación de la
norma", partiendo del factum de los asuntos humanos, de la experiencia, de la
realidad y del punto que para nosotros tiene interés en estos momentos: libertad,
el interés-conflicto y el poder.
Es verdad que la tradición, incluso después de la codificación, ha venido
considerándose como fuente del Derecho. Lo que no quiere decir que, por sí
misma, pueda impedir la "ruptura", considerada como "mutación de hecho", o con
signos de "pronunciamientos", o de "revolución". Descubrir en cada momento el
criterio para su graduación, no sólo es cosa de los historiadores, sino también de
las propias causas que una ruptura en el mundo de lo jurídico pudiera suponer.
Incluso en una situación concreta o específica, como es la del fenómeno actual de la
corrupción, cabría indagar lo que ha podido existir como inercia tradicional, y que
pudiera dar lugar a la ruptura. Pero ya en aquel trabajo antes apuntado, del que
dimos noticia en el tomo XI del Anuario del Filosofía del Derecho, 1965, que dirigía
el maestro Legaz Lacambra, advertimos que hay que elevarse de la realidad de los
hechos y datos, sean o no normativos, a las fuentes de la Filosofía Jurídica y
Política, que suelen ser más frondosas.
Ya advirtió don Eugenio D´Ors que "lo que no es tradición es plagio".
Aunque igualmente habría que entenderlo bien. Como se subraya en la
contraportada de una obrita suya "Los dos aviadores", Glosas Inéditas, Barcelona,
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