Page 129 - Anales 2-2 -2017
P. 129
ARTÍCULO
La Ciudad Autónoma de Ceuta ante el Derecho
Internacional y el Derecho Español
1
The Autonomous City of Ceuta under the International law and the Spanish law
José Antonio Tomás Ortiz de la Torre
2
Académico de Número de la Real Academia de Doctores de España.
j.a.tomasortiz@gmail.com
An. Real. Acad. Doct. Vol 2, (2017) pp. 248-285.
1
Hace algo más de diez años que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta encargó a la Real Academia de
Jurisprudencia y Legislación la elaboración de un informe sobre la “españolidad de Ceuta”, teniendo a bien el
entonces Presidente de dicha Corporación, excelentísimo señor don Landelino Lavilla Alsina, designar a dos
académicos para cumplimentar el encargo, uno, especialista en historia del Derecho español, designación que
recayó en el excelentísimo señor don José Antonio Escudero López, actual Presidente de la referida Corporación,
que en una primera parte se ocuparía de exponer la historia de Ceuta desde sus orígenes hasta el siglo XVII, y otro,
el autor de estas páginas, que en una segunda parte, desarrollaría los aspectos jurídico-internacionales desde la
mencionada centuria hasta la actualidad. El informe fue presentado, en 2007, al entonces Académico-Secretario
General de dicha Corporación excelentísimo señor don Rafael Navarro Valls. El presente artículo, con antecedentes
en un trabajo en el que ya nos ocupamos de las plazas de soberanía española hace casi cuarenta años responde, en
sus líneas generales y con las oportunas actualizaciones, a esa segunda parte del aludido informe que ha
permanecido inédita hasta hoy.
2 Profesor supernumerario de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado de la Facultad de
Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y Ex Secretario General de dicha Universidad. Antiguo alumno
de la Academia de Derecho Internacional de La Haya. Académico Correspondiente de la Real Academia de
Jurisprudencia y Legislación y representante de la misma ante la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países
Iberoamericanos. Académico de Número de la Real Academia de Doctores de España, Presidente de la Sección 3ª
(Derecho) y Miembro de su Junta de Gobierno. Académico de Número de la Real Academia Asturiana de
Jurisprudencia. Miembro de Número del Instituto Hispano-Luso-Americano de Derecho Internacional. Antiguo
Secretario General de la International Law Association (rama española). Miembro del equipo jurídico del Gobierno
español ante el Tribunal Internacional de Justicia (La Haya) en el caso “Barcelona Traction Light and Power
Company Limited” (Bélgica c. España) (1969-1970). Profesor invitado en diversas Universidades y entidades
españolas. Los principales trabajos y actividades del autor, en relación al tema objeto de este artículo, son el
estudio Ceuta y Melilla en el contexto internacional (Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 1978), así
como las conferencias Las Plazas de Gibraltar, Ceuta y Melilla ante el Derecho internacional (Real Academia de
Jurisprudencia y Legislación, 17 de febrero de 1983), El falso problema internacional de Ceuta y Melilla (Real
Academia de Jurisprudencia y Legislación, 31 de marzo de 1987), y sobre la misma cuestión en la Asociación
Cultural Ceutí (Ceuta, 1987), Real Colegio Universitario “María Cristina” de El Escorial (1988), Escuela Superior del
Aire (1992), Escuela Militar de Estudios Jurídicos (1992), además de la pronunciada bajo el título Aspectos jurídicos
internos e internacionales ante la Autonomía de Ceuta, en el Rotary Club de Ceuta (1994).
248| José Antonio Tomás Ortiz de la Torre