Page 56 - Anales vol 2 nº1 2017
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ciertos arrecifes coralíferos reivindicados por China están, o no, descubiertos con
marea alta. Conforme a los artículos 13 y 121 de la Convención, los elementos que
están descubiertos en pleamar generan un derecho a un mar territorial de 12
millas marinas como máximo, en tanto que los elementos que están cubiertos en
pleamar no generan derecho a una zona marítima. Advierte el TPA que numerosos
arrecifes del mar de China meridional han sido modificados de manera
considerable por actividades recientes tendentes a reclamación de tierra y de
construcción, y recuerda que la Convención categoriza los elementos en función de
su estado natural. Nombrado un experto hidrógrafo por el TPA para asistirle en la
evaluación de pruebas técnicas presentadas por Filipinas, y apoyándose
firmemente en documentos de archivo y datos de estadísticas hidrográficas para
evaluar los elementos, el TPA llega a las mismas conclusiones a las que llega
Filipinas según las cuales los arrecifes de Scarborough, Johnson, Cuarteron y Fiery
Cross son elementos descubiertos en pleamar, mientras que los arrecifes de Subi,
Hughes, Mischief y Second Thomas están cubiertos en pleamar en su estado
natural. No obstante, el TPA no llega a suscribir las conclusiones de Filipinas
relativas al estatuto de los arrecifes de GavenReef (Norte) y MacKennan,
concluyendo que estos son todos ellos elementos descubiertos en pleamar.
Seguidamente el TPA estudia la cuestión de saber si los elementos
reivindicados por China pueden generar zonas marítimas más allá de las doce
millas marinas. De acuerdo al artículo 121 de la Convención, una isla genera una
zona económica exclusiva de 200 millas náuticas y plataforma continental, pero las
“rocas no aptas para mantener habitación humana o vida económica propia no
tendrán zona económica ni plataforma continental”, conforme dispone el artículo
121. 3 de la Convención. Según el TPA esta disposición está estrechamente ligada a
la extensión de la jurisdicción de un Estado costero por el hecho de la creación de
la zona económica exclusiva, y tiende a evitar que elementos insignificantes
generen derechos importantes en zonas marítimas, lo cual supondría atentar
contra los derechos de los territorios habitados, de la alta mar y de las zonas de los
fondos marinos reservadas al patrimonio común de la humanidad. El TPA
interpreta el artículo 121 y concluye que los derechos de un elemento dependen de
a) la capacidad objetiva del elemento, b) en su estado natural, para sostener sea c)
una comunidad estable de personas o d) una actividad económica que no dependa
de los recursos exteriores o que no sea de naturaleza únicamente extractiva.
Constata además el TPA que numerosos elementos en las islas Spratly están
controlados actualmente por uno u otro de los Estados costeros, que han
construido instalaciones y desplegado personal en el lugar. Considera el TPA que
esta presencia moderna es dependiente de los recursos y sostenimiento exteriores
y hace notar que numerosos elementos han sido modificados con el fin de mejorar
su habitabilidad, particularmente por el sesgo de actividades de reclamación de
tierra y de construcción de infraestructuras tales como fábricas de desalación. El
TPA también estima que la presencia actual de personal oficial sobre numerosos
56| José Antonio Tomás Ortiz de la Torre