Page 52 - Anales vol 2 nº1 2017
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calidad	 de	 observadores,	 sin	 que	 ninguno	 hubiese	 alegado	 que	 su	 participación
                  fuese	 indispensable.	 El	 23	 de	 junio	 de	 2016	 Malaysia	 depositó	 una	 nota	 ante	 el
                  Tribunal	en	la	que	mantiene	sus	pretensiones	sobre	el	mar	de	China	meridional,	y
                  al	efectuar	éste	una	comparación	de	las	decisiones	sobre	el	fondo	de	las	peticiones
                  de	Filipinas	con	los	derechos	que	reivindica	Malaysia	llega	a	la	conclusión	de	que	la
                  presencia	de	Malasia	en	el	procedimiento	no	es	indispensable	y	que	los	intereses
                  de	ese	Estado	en	el	mar	de	China	meridional	no	impiden	al	TPA	conocer	de	las
                  conclusiones	presentadas	por	Filipinas.

                  4)	Sobre	si	son	aplicables	los	artículos	281	y	282	de	la	Convención


                  	      Otro	aspecto	que	el	TPA	tiene	en	consideración	es	la	de	si	los	artículos	281	y
                  282	de	la	Convención	son	aplicables	considerando	que	ellos	pueden	impedir	a	un
                  Estado	acudir	a	los	mecanismos	de	solución	previstos	en	la	Convención,	en	caso	de
                  que	las	partes	hubieren	ya	convenido	otro	medio	de	solución	de	la	diferencia.	El
                  TPA	rechaza	la	tesis	contenida	en	la	“Nota	de	posición”	de	China	según	la	cual	la
                  Declaración	de	2002	entre	China	y	la	ASEAN 	sobre	la	conducta	de	las	partes	en	el
                                                                61
                  mar	de	China	meridional	puede	impedir	iniciar	el	arbitraje	por	parte	de	Filipinas,
                  estimando	 que	 tal	 Declaración	 es	 un	 acuerdo	 de	 naturaleza	 política	 que	 no	 es
                  jurídicamente	vinculante,	que	no	prevé	un	mecanismo	vinculante	de	solución	y	que
                  no	 excluye	 otros	 medios	 de	 solución.	 En	 consecuencia,	 la	 citada	 Declaración	 no
                  limita	la	competencia	del	TPA	conforme	a	los	artículos	281	y	282	de	la	Convención.
                  También	se	examinan	el	Tratado	de	amistad	y	cooperación	en	Asia	del	Sud-Este,	la
                  Convención	 sobre	 la	 diversidad	 biológica,	 así	 como	 una	 serie	 de	 declaraciones
                  conjuntas	publicadas	por	Filipinas	y	China	que	hacen	referencia	a	la	solución	de
                  diferencias	 por	 vía	 de	 la	 negociación,	 concluyendo	 el	 TPA	 que	 ninguno	 de	 estos
                  instrumentos	constituye	un	acuerdo	que	impida	a	Filipinas	formular	su	demanda
                  de	 arbitraje.	 Además,	 el	 TPA	 destaca	 que	 Filipinas	 y	 China	 han	 mantenido	 un
                  intercambio	 de	 puntos	 de	 vista	 sobre	 el	 modo	 a	 utilizar	 a	 fin	 de	 solucionar	 su
                  diferencia,	conforme	al	artículo	283	de	la	Convención,	lo	cual	tuvo	lugar	antes	de
                  que	Filipinas	hubiese	acudido	al	arbitraje;	una	exigencia	ésta	que	el	TPA	entiende
                  cumplida	por	el	dossier	de	comunicaciones	diplomáticas	entre	Filipinas	y	China,	en
                  las	 que	 Filipinas	 ha	 expresado	 claramente	 su	 preferencia	 por	 negociaciones

                  61 	 Siglas	 inglesas	 de	 Associaion	 of	 Southeast	 Asian	 Nations	 (Asociación	 de	 Naciones	 del	 Sudeste
                  Asiático)	cuyo	origen	está	en	la	Declaración	de	Bangkok	adoptada	el	8	de	agosto	de	1967	por	los
                  ministros	de	Asuntos	Exteriores	de	Filipinas,	Indonesia,	Malasia,	Singapur	y	Tailandia.	Cuenta	con
                  diez	miembros:	Malasia,	Indonesia,	Brunei,	Vietnam,	Camboya,	Laos,	Myanmar,	Singapur,	Tailandia
                  y	Filipinas;	Papúa	Nueva	Guinea	y	Timor	Oriental	son	Estados	observadores.	El	foro	“ASEAN	más
                  Tres”	se	forma	juntamente	con	Japón,	Corea	del	Sur	y	China,	y	“ASEAN	más	Seis”	se	forma	con	Japón
                  China,	Corea	del	Sur,	India,	Australia	y	Nueva	Zelanda.	La	sede	de	la	organización	está	en	Yakarta
                  (Indonesia).	La	adopción	de	la	Carta	de	la	ASEAN,	en	2007,	ha	constituido	un	paso	importante	en	la
                  creación	de	una	verdadera	Comunidad	de	naciones	del	sudeste	asiático;	una	referencia	a	la	ASEAN
                  en:	Díez	de	Velasco,	Manuel:	Las	organizaciones	internacionales,	16ª	ed.,	reimpresión,	Ed.	Tecnos,
                  Madrid,	2015,	pp.	889-885.





                  52|	José	Antonio	Tomás	Ortiz	de	la	Torre
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