Page 48 - Anales vol 2 nº1 2017
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ciertos	 bancos	 sumergidos	 no	 pueden	 tener	 12	 millas	 de	 mar	 territorial	 ni
                  plataforma	continental;	y	que	solamente	Filipinas	puede	ejercer	los	derechos	que
                  le	 corresponden	 dentro	 de	 su	 zona	 económica	 exclusiva	 y	 su	 plataforma
                  continental	 tal	 como	 se	 establece	 en	 la	 Convención.	 No	 se	 pide	 ningún
                  pronunciamiento	sobre	la	soberanía	de	islas,	ni	tampoco	sobre	la	delimitación	de
                  fronteras	marítimas.	China	por	Nota	Verbal	del	Ministerio	de	Asuntos	Exteriores,
                  de	19	de	febrero	de	2013	(“Nota	de	posición”), 	rechazó	el	arbitraje	dejando	muy
                                                                   58
                  claro	que	cualquier	acto	o	manifestación	sobre	el	proceso	en	ningún	caso	suponía
                  un	 sometimiento	 al	 Tribunal	 y,	 por	 tanto	 la	 sentencia	 sería	 ignorada. 	 El	 30	 de
                                                                                            59
                  marzo	de	2014	Filipinas	presentó	su	Memoria	en	la	que,	ampliando	el	escrito	de
                  demanda,	 formula	 quince	 peticiones	 a	 fin	 de	 que	 se	 pronuncie	 sobre	 ellas
                  favorablemente	 el	 Tribunal,	 cuyo	 contenido	 es	 del	 siguiente	 tenor:	 “	 1)	 los
                  derechos	 marítimos	 de	 China	 en	 el	 mar	 de	 China	 meridional,	 así	 como	 los	 de
                  Filipinas,	 no	 pueden	 sobrepasar	 los	 previstos	 en	 la	 Convención	 de	 las	 Naciones
                  Unidas	sobre	el	derecho	del	mar;	2)	los	derechos	soberanos	y	de	jurisdicción,	y	los
                  “derechos	históricos”	reivindicados	por	China,	relativos	a	las	zonas	marítimas	en	el
                  mar	 de	 China	 meridional,	 comprendidos	 en	 dicha	 “línea	 de	 nueve	 trazos”,	 son

                  contrarios	a	la	Convención	y	carecen	de	efecto	jurídico,	en	la	medida	en	que	ellos
                  van	más	allá	de	los	límites	geográficos	y	sustanciales	de	los	derechos	marítimos	de
                  China	en	virtud	de	la	Convención;	3)	el	arrecife	de	Scarborough	no	genera	derecho
                  a	una	zona	económica	exclusiva	o	a	una	plataforma	continental;	4)	los	arrecifes	de
                  Mischief,	 Second	 Thomas	 y	 Subi	 son	 altos	 fondos	 descubiertos	 que	 no	 generan
                  derecho	a	un	mar	territorial,	a	una	zona	económica	exclusiva	o	a	una	plataforma
                  continental,	 y	 no	 son	 elementos	 que	 puedan	 ser	 apropiados	 por	 ocupación	 o	 de
                  otra	manera;	5)	los	arrecifes	de	Mischief	y	Second	Thomas	son	parte	de	la	zona
                  exclusiva	 y	 de	 la	 plataforma	 continental	 de	 Filipinas;	 6)	 los	 arrecifes	 de	 Gaven,
                  McKennan	y	Hughes	son	altos	fondos	descubiertos	que	no	generan	derecho	a	un
                  mar	 territorial,	 a	 una	 zona	 económica	 exclusiva	 o	 a	 una	 plataforma	 continental,
                  pero	su	cordón	de	baja	mar	puede	ser	tomado	como	línea	de	base	para	medir	el
                  largo	de	los	mares	territoriales	de	Namyit	y	de	Sin	Cowe,	respectivamente;	7)	los
                  arrecifes	de	Johnson,	Cuarteron	y	Fiery	Cross,	no	generan	ningún	derecho	a	una
                  zona	 económica	 exclusiva	 o	 a	 una	 plataforma	 continental;	 8)	 China	 haatentado
                  contra	goce	y	ejercicio	de	los	derechos	soberanos	de	Filipinas	sobre	los	recursos
                  biológicos	 y	 no	 biológicos	 de	 su	 zona	 económica	 exclusiva	 y	 de	 su	 plataforma
                  continental;	 9)	 China	 no	 ha	 impedido	 a	 sus	 nacionales	 y	 naves	 explotar	 los
                  recursos	 biológicos	 en	 la	 zona	 económica	 exclusiva	 de	 Filipinas;	 10)	 China	 ha


                  58 	“Position	Paper	of	the	Government	of	the	People´s	Republic	of	China	on	the	Matter	of	Jurisdiction
                  in	the	South	China	Sea	Arbitration	initiated	by	the	Republic	of	the	Philippines”.
                  59 	 Como	 señala	 Graham	 Allison:	 “De	 hecho,	 ninguno	 de	 los	 cinco	 miembros	 permanentes	 del
                  Consejo	 de	 Seguridad	 de	 las	 Naciones	 Unidas	 ha	 aceptado	 ninguna	 decisión	 de	 un	 tribunal
                  internacional	 cuando,	 en	 su	 opinión,	 ella	 infringe	 su	 soberanía	 o	 sus	 intereses	 de	 seguridad
                  nacional”,	 vid.	 su	 art.:	 Of	 course	 China,	 like	 all	 great	 powers,	 will	 ignore	 an	 international	 legal
                  veredict,	en	The	Diplomat,	de	11	de	julio	de	2016,	http://thediplomat.com.	(la	traducción	del	inglés
                  es	nuestra).


                  48|	José	Antonio	Tomás	Ortiz	de	la	Torre
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