Page 206 - Anales 2-2 -2017
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El origen histórico del concepto de culpa, en el área de nuestra cultura,
alude a una primera contravención. Después se adopta por el Derecho
entendiéndose como resultante de la realización de una conducta jurídicamente
indebida.
Sin embargo, desde una perspectiva biológica no hay un gen de la culpa y
por tanto el ser humano adquiere el sentido de culpa culturalmente, no nace con
ella a modo de prefijación genética heredada:
“En manera alguna puede ser una respuesta satisfactoria la
presunción de que la vivencia [conciencia] de culpa es algo originario, dado
al sujeto –a todos los sujetos– como cualidad congénita del mismo (…) Esta
tesis presupone una serie de postulados, falsos en tanto que tales, pues en
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modo alguno sus asertos son evidenciables” .
El sentimiento de culpa se elabora en la vida humana en función de
múltiples factores tales como las relaciones sociales y parentales, las ideas y la
educación recibidas, las tradiciones culturales del entorno, las sugestiones, las
identificaciones grupales, las experiencias vitales traumáticas y los miedos a ellas
asociados, etc. Es posible incluso una culpa inducida por los otros, en algunos
casos, con el objetivo de manipular las conciencias y someter.
No aparece sentimiento de culpa en aquellas situaciones en las que el
incumplimiento normativo, o el error decisorio, no sea reconocido como tal por el
propio sujeto, o bien porque no acepte la norma, o porque tenga una alteración
reductiva de su conciencia de culpa (caso del psicópata), o una atrofia del
desarrollo emocional con socialización inestable.
Pero ¿cuándo se considera uno culpable? Freud responde que cuando
alguien cree haber hecho algo “malo”.
Idealmente, la conciencia moral debe llevar al sujeto a hacer el bien y evitar
el mal (y en ese sentido es un buen referente ético el imperativo categórico
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kantiano ), pero a veces la determinación exacta de esos conceptos no está tan
clara o varía en función de las circunstancias históricas, sociales, de los contextos
geográficos, las creencias dominantes, o de la relación persona/ situación
(influencia de las características predisponentes y/o de los componentes
situacionales).
detrás de su prohibición, y el asesinato sigue siendo practicado, y hasta ordenado, bajo ciertas condiciones, en
nuestra cultura”. Freud (1930). El malestar en la cultura. Vol. XXI, p. 11.
93 Castilla del Pino (1979). Ob. cit., p. 121.
94 Actuar únicamente según una máxima que pueda convertirse en ley universal para todos los seres racionales, u
obrar de tal forma que la propia conducta pueda constituir una ley general, es decir, comportarse de manera que
se trate a la humanidad (uno mismo o cualquier otro) siempre como un fin, nunca como un medio (versión de la
Regla de oro ética: tratar a los demás como uno querría ser tratado).
328| Pedro Rocamora García-Valls