Page 33 - Anales vol 2 nº1 2017
P. 33
jurisdiccional permanente” (que sigue siendo poco conocido según ciertos
20
pareceres) a la primera Conferencia de la Paz de La Haya, reunida en el palacio
“Huis ten Bosch” de los príncipes de Orange, del 18 de mayo al 29 de julio de 1899,
a iniciativa, por cierto no totalmente desinteresada según algunas opiniones, del
Zar Nicolás II de Rusia, bajo la presidencia del delegado ruso De Staal, en la que
22
21
participaron veintiséis Estados con ciento un delegados. Es en este marco del
comienzo de la codificación del Derecho internacional, en el sector del derecho
bélico con la pretensión de humanizar las leyes de la guerra, en el que se elaboran
tres convenios, y tres declaraciones, siendo el primero de ellos el Convenio general
para el arreglo pacífico de los conflictos internacionales, cuyo título IV, artículos 15
a 57, se ocupa de la justicia arbitral, la corte permanente de arbitraje y del
procedimiento arbitral . Como advierte Dalmáu y Olivart la traducción española
23
de Cour permanente d´arbitrage, por Tribunal permanente de arbitraje podría
parecer que se trata de un cuerpo constituido como tal de un modo permanente,
cuando en realidad conforme a los artículos 23, 24 y 32 la existencia del tribunal es
sólo temporal, para cada asunto, siendo únicamente permanente la Oficina
Internacional y la “lista” de jueces-árbitros elaborada conforme al artículo 23, por
lo que el citado autor cree más acertado denominar al conjunto de éstos Sala
permanente de arbitraje, reservando el nombre de Tribunal al formado para cada
caso.
24
La segunda Conferencia de la Paz de La Haya, que reunió a cuarenta y cuatro
Estados, fue propuesta por el presidente de los Estados Unidos de América, que
entre 1901 y 1909 era Teodoro Roosevelt, y convocada por el emperador “de
19 Ferrer, A.: L´érenouvelle. Nécessité d´uncode international et d´un Tribunal arbitral des nations,
París, 1863; vid. también Kamarowski, L.: Le tribunal international, París, 1887.
20 Verdross, Alfred: Derecho internacional público, trad. esp., 6ª ed., de la 5ª ed. alemana, Ed. Aguilar,
Madrid, 1976, p. 329.
21 Frente a quienes sostuvieron que la idea pacifista del Zar era totalmente desinteresada se adujo
por otros que habiendo constatado Rusia el aumento de armamento artillero por parte de Alemania
y Francia, Rusia no podía quedar atrás pero ante los cuantiosos gastos a los que habría de hacer
frente la idea fue la de intentar que todas las Potencias economizasen en sus gastos
armamentísticos, siendo esa política la que llevó al ministro Musavieff a entregar, el 24 de agosto de
1898, a todos los representantes diplomáticos en la Corte rusa la invitación a la conferencia en la
que los intentos rusos porque durante cinco años no se aumentasen los presupuestos militares
fracasaron por la oposición alemana, aprobándose una declaración sobre restricción de la venta de
armamentos que no iba más allá del papel en el que se plasmó.
22 La delegación española estaba compuesta por el duque de Tetuán, los señores Ramírez de Villa
Urrutia y Baguer, y el coronel conde del Serrallo, como adjunto.
24 Ratificado por España el 29 de julio de 1899, vid. Ministerio de Asuntos Exteriores. Secretaría
General Técnica: Censo de tratados internacionales suscritos por España (1 mayo 1323 a 1 agosto
1975), t. II (multilaterales), p. 19. La Gaceta de Madrid del 22 de noviembre de 1900 incluía la lista
de Estad que lo habían ratificado antes del 4 de septiembre de ese año. Los Estados, además de
España, que dicho año lo habían ratificado son: Alemania, Austria-Hungría, Bélgica, Bulgaria,
Dinamarca, Estados Unidos de América, Estados Unidos Mejicanos, Francia, Gran Bretaña, Italia,
Japón, Grecia, Luxemburgo, Montenegro, Países Bajos, Persia, Portugal, Rumanía, Rusia, Siam,
Servia, Suecia y Noruega y Suiza; vid. Holls, F. W.: The international Court of Arbitration at the
Hague, Albany, 1901.
24 Marqués de Olivart: op. et lib. cit., p. 38, nota (n).
Pasado y Presente: el tribunal de arbitraje de la Haya…|33